ASOCIACIÓN MEXICANA DE EMPRESARIOS

SECRETARÍA DE PENSIONES

PENSIÓN POR VIUDEZ

La pensión por viudez se otorga a la viuda (esposa o cónyuge) del trabajador, que aparece como beneficiaria en el pliego testamentario.

Esta pensión se otorga por 10 años, si el trabajador era jubilado y cumplió los 30 años de servicio, y una vez terminado el período, la beneficiaria recibirá una ayuda vitalicia que cambia (en sus alcances) según lo estipula nuestro contrato colectivo de trabajo.

Requisitos

El pago corresponde al 100% del salario que ganaba el trabajador por quincena.

Nota

Lo anterior se le notificará a la viuda vía telefónica por el Departamento de Jurídico.

Tiempo de trámite
Un mes y medio.

JUBILACIÓN

Todos los trabajadores de base, sindicalizados con 30 años o más de servicio y que hayan aportado al Fondo de Pensiones y Jubilaciones tienen derecho a la jubilación con el 100% en salario y prestaciones.

Requisitos

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